Legislaciones
REACH
REACH, 1907/2006/EC es una regulación que dicta que todos los productos químicos se utilicen de forma segura dentro de la UE. Es preciso que se comunique en toda la cadena de suministro la información sobre los productos químicos. También se limita el uso de sustancias nocivas – estas listas se actualizan dos veces al año. Un número de países fuera de la Unión Europea ha empezado a implementar las regulaciones REACH o están en proceso de adopción de dicho marco normativo.
Naturalmente, nosotros cumplimos con REACH. El producto futuro se desarrollará para cumplir con las demandas según la regulación. Para más información clique aquí para visitar la Agencia Europea sobre Seguridad e Higiene en el Trabajo.
MINERALES EN CONFLICTO
(Sección 1502 de la Reforma Dodd-Frank Wall Street y la Ley de Protección de los Consumidores)
Los Minerales en Conflicto, a menudo, se refieren a:
- Estaño (mineral = casiterita)
- Tantalio (mineral = coltan o columbita - tantalite)
- Tungsteno (mineral = wolframita)
- Oro
La legislación se refiere a la comercialización internacional y al uso de Minerales en Conflicto. Requiere que las compañías americanas aseguren que las materias primas que usan no están vinculadas con el conflicto en la República Democrática del Congo y de sus países vecinos, por la localización y auditoría de sus cadena de suministros de minerales.Estamos orgullosos de decir que nuestros productos no requieren ninguno de estos materiales. Además sólo compramos los bienes a fabricantes de confianza que evitan Materiales en Conflicto en su cadena de suministro. Continuamos trabajando con nuestros proveedores para asegurar que ningún Mineral en Conflicto está presente en nuestros productos, ahora o en el futuro.
ELV
La directiva de Vehículos al Final de su Vida Útil (ELV, End of Life Vehicle) establece que los fabricantes de vehículos son responsables de recuperar y desprenderse de estos.
Las normativas europeas 2000/53 y 2002/525-ELV son válidas para vehículos con peso menor a 3500 kg. Si los productos CEJN van a ser usados en la aplicación mencionada, trataremos con cada uno de los clientes la mejor solución.
RoHS
La Directiva de Restricción de Sustancias Peligrosas RoHS (Restriction of Hazardous Substances) es una normativa que restringe el uso de seis materiales peligrosos usados en la fabricación de diferentes tipos de equipos electrónicos y eléctricos.
Los seis materiales restringidos son: plomo, mercurio, cadmio, cromo hexavalente (Cr6+), bifenilos polibromados (PBB) y éter difenil polibromado (PBDE).
La directiva europea 2002/95-RoHS es válida para equipos eléctricos y electrónicos. Si se utiliza correctamente, ninguno de los productos CEJN en su gama estándar está sometido a esta directiva. Sólo si/cuando nuestros productos son fabricados por equipos electrónicos, maquinas, etc. deben cumplir indirectamente con esta directiva.
El desarrollo de futuros productos debe contener productos sometidos a la directiva RoHS. Naturalmente, tienen que estar desarrollados para cumplir las demandas y directrices de acuerdo con la directiva.
WEEE
La Directiva sobre Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos WEEE (Waste Electrical and Electronic Equipment) está dirigida a solventar el problema de los residuos tóxicos electrónicos. La directiva establece que los fabricatnes de equipos eléctricos y electrónicos son responsables de la eliminación de tales equipos.
La normativa 2002/96-WEEE es válida para equipos eléctricos y electrónicos. Como productos autónomos, ningun productos de la gama estándar de CEJN está sometida bajo esta directiva.
PED
La 97/23/EC-PED establece la normativa para el diseño y fabricación de equipos de presión generalmente superiores a 1 litro de volumen y teniendo una presión de más de 0.5 bar. Si se usa correctamente, ninguno de los productos CEJN de la gama estándar está sometido a esta directiva. En el Reino Unido se sigue la Regulación de Equipos de Presión (PER).
El desarrollo de futuros productos podría requerir que estos se sometieran a la directiva PED. En ese caso, se cumplirá con las demandas y directrices de acuerdo con la directiva.
ATEX
Desde 2003, las organizaciones dentro de la UE deben cumplir con las directivas para Atmósferas Explosivas (ATEX, ATmosphères EXplosibles) en los lugares de trabajo y productos con atmósferas donde las explosiones son un riesgo potencial. Las directivas están divididas en dos categorias: el ATEX 95 para equipamiento y ATEX 137 para lugares de trabajo con atmósferas explosivas. Estas normativas protegen a los operarios y previenen explosiones o combustiones de filtrado, fluidos de transmisión o cercanos a atmósferas de gases y polvo explosivos.
La directiva europea 94/9/EC-ATEX 95 es válida para productos que tienen su propia fuente de ignición. Como productos autónomos, ninguna gama estándar de productos tiene una fuente de ignición propia y, por tanto, no está sometido a ningúna directiva ATEX.
La directiva europea 99/92/EC/EC-ATEX 137 está orientada para lugares de trabajo con atmósferas explosivas. Los productos CEJN no están sometidos a tal directiva siempre y cuando se usen corerctamente.